Antonio Pérez Rodríguez

Osuna
Sevilla
Montero Gómez, Félix J.

Obrero agrícola, de 54 años de edad y estado civil soltero, hijo de Manuel y Carmen, vivía en la casa número 92 de la calle Párroco García Luque (Aguilar), en compañía de la familia de su hermano José, a quien apodaban el Quemao.

Presidente de la comisión fundadora de la Casa del Pueblo y socio número uno de la agrupación socialista de Osuna, Antonio Pérez Rodríguez formó parte de la primera Comisión gestora municipal republicana y, tras ser elegido concejal en las elecciones de 31 de mayo de 1931, fue nombrado alcalde cinco días después, manteniéndose en el cargo durante unos cinco meses. Designado por el gobernador civil de Sevilla, el día 9 de julio de 1936 volvió al Ayuntamiento como concejal interino y ese mismo día contribuyó con su voto a que fuera elegido alcalde su correligionario Manuel Morales García.

Sólo once días más tarde sería detenido y encerrado en la cárcel de la cuesta de San Antón por orden del insurrecto comandante militar de Osuna, Pedro López Perea. Y el día 28 siguiente fue entregado al cabecilla rebelde Antonio Castejón Espinosa.

Ese mismo día, en la jefatura de la Guardia Municipal, a Antonio Pérez le abrieron una especie de ficha, con el numero 7; y en ella anotaron lo siguiente: Es un significado socialista que formaba parte «de su Directiva» y del «Comité revolucionario». «Cuanto estalló el movimiento se erigió Alcalde» y ordenó la detención de todas las personas de orden «con el propósito de proceder a la quema de la prisión una vez estuviese llena», lo cual «no pudieron» realizar gracias a la oportuna intervención de la fuerza de la guardia civil, que, «abriéndose paso entre los extremistas con fuego de fusil», puso en libertad a los presos. Detenido por la fuerza pública «al hacer armas contra ésta desde el Ayuntamiento, que fue tomado por la misma el día 20 de Julio», la columna del comandante Castejón a su paso por Osuna «se lo llevó en cuerda».

Del asesinato del primer alcalde republicano electo de Osuna hay varios reconocimientos documentales. Así, en un informe emitido el día 9 de diciembre de 1937 por el teniente de la Guardia Civil y jefe local de orden público, Pedro García Escobar, éste manifestó que «a Antonio Pérez Rodríguez le fue aplicado el Bando de Guerra por el Comandante Castejón a su llegada a esta Plaza con la Columna Nacional el 27 de Julio del año anterior”. Actuando como juez eventual militar al servicio de los rebeldes, Ismael Isnardo Sangay, el secretario del Juzgado de primera instancia e instrucción de Osuna, dejó puesto por escrito ese mismo día 9 de diciembre de 1937 que él tenía constancia de que Antonio Pérez Rodríguez «fue pasado por las armas en término de Estepa”. El día 6 de abril de 1939, Eusebio Rojas Torres, un guardia civil que ejercía de jefe de la guardia rural de Osuna, dio un parte en el que se refirió a Antonio Pérez Rodríguez como «Jefe del Partido Socialista de esta localidad con un ideal muy avanzado en el marxismo» y «propagandista peligroso», a quien le «fue aplicado el Bando de Guerra en 28 de Julio de 1936 por hacer uso de armas en contra de las fuerzas públicas». Y también en un informe de 29 de septiembre de 1942, el entonces jefe de orden público de Osuna, Francisco López Domínguez, contó que a Antonio Pérez Rodríguez, el cual «figuraba en el partido socialista con el nº 1», le fue «aplicado el bando de guerra el 28 de Julio de 1936».

Unos cuatro meses después de su asesinato, y en aplicación de otro bando de guerra, «sobre incautaciones de bienes pertenecientes a individuos culpables de actividades marxistas o rebeldes», el juez de Osuna Santos Bozal Casado decidió abrir un expediente contra Antonio Pérez. A quien el Tribunal Regional de Responsabilidades Políticas de Sevilla, cuya sede estaba en la calle Amor de Dios, número 18, también incoaría otro expediente de depuración, e impuso, transcurridos ya casi cinco años desde su muerte, la sanción de 3000 pesetas a sus herederos. Sanción que éstos hubieron de pagar para recobrar la libre disposición de los bienes del asesinado.

La muerte de Antonio Pérez Rodríguez, cuyo cadáver fue enterrado en Estepa, ya había quedado registrada en el apéndice confeccionado para recoger los cambios producidos durante 1936 en el padrón de habitantes del año anterior; apéndice en el que este alcalde republicano de Osuna figura dado de baja «por defunción».

Fuentes

  • Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo: PSU nº 8321/39, legajo 8-273.
  • Archivo Intermedio de la Región Militar Sur: Legajo 8166.
  • Archivo Municipal de Osuna: Libros 201, 202, 211 y 398. Legajos 53 y 93. Libros registros de la
  • cárcel y del cementerio.
  • Archivo de la Diputación Provincial de Sevilla: BOP de Sevilla de 16-12-36, 31-8-38, 23-5-41, 16-10-41 y 7-3-42.