Comunidad Valenciana. El DOGV publica la autorización para la exhumación de fosas con víctimas del franquismo en Paterna

El periodo inicial de autorización se estima en tres meses, aunque podrá ser objeto de prórroga a solicitud del promotor por un periodo máximo de tres meses más

EUROPA PRESS | VALENCIA | 4-5-2017

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) publica este jueves la autorización para la ocupación temporal de los terrenos públicos en el cementerio de Paterna (Valencia) para la prospección, exhumación e identificación de víctimas del franquismo en varias fosas (la 113 y la 82, con posible ampliación a la número 81) del camposanto con motivo de las ayudas concedidas por la Diputación de Valencia para tal fin a la Agrupación de Familiares Víctimas del Franquismo.

El expediente fue expuesto al público en el Boletín Oficial del Estado, en el DOGV y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Paterna para garantizar la audiencia de los posibles interesados que pudieran personarse en el procedimiento. Una vez resuelto, se procede a autorizar efectivamente la ocupación temporal de estos terrenos por parte de la Asociación Científica Arqueoantro para llevar a cabo la exhumación.

El periodo inicial de autorización se estima en tres meses, aunque podrá ser objeto de prórroga a solicitud del promotor por un periodo máximo de tres meses más. Las tareas de prospección, exhumación e identificación deberán cumplir los requisitos establecidos por la Generalitat Valenciana en cuanto a excavaciones arqueológicas y materia cultural, por lo que las actuaciones no podrán iniciarse en tanto no se aporte a esta administración la resolución autonómica preceptiva para el inicio de los trabajos.

Este acuerdo se remitirá a los servicios técnicos municipales para que procedan, bajo la supervisión del arqueólogo municipal, y los distintos técnicos responsables en la materia, a dar cuantas órdenes sean precisas al promotor del proyecto para la ejecución por su parte del vallado perimetral de las fosas, la habilitación de una zona en las instalaciones del cementerio para el acopio de materiales de la excavación y la tierra que se extraiga de las fosas.
 

También se deberá delimitar un espacio acondicionado y cubierto en el propio cementerio o en sus cercanías o, en su defecto, la instalación de una caseta de obra o similar para poder realizar convenientemente el tratamiento de los restos óseos exhumados, mientras dure el proceso.

http://www.lasprovincias.es/politica/201705/04/dogv-publica-autorizacion-para-20170504110151.html