José Román Vilches

Alcalá de Guadaíra
Sevilla
Montero Gómez, Félix J.

El 30 de julio de 1937, sobre el mediodía, un hombre fue detenido en la casa número 33 de la calle Zacatín; y el 9 de abril de 1938, a las tres de la madrugada, ese mismo hombre fue fusilado en las tapias del cementerio de Sevilla. Era de complexión fuerte, de estatura regular, moreno de color, de pelo castaño.

Había nacido en Vejer de la Frontera el 4 de mayo de 1900, pero desde los 29 o los 30 años de edad vivía en Alcalá de Guadaíra: en la calle Gandul (Madueño de los Aires), número 36. Estaba casado con Josefa Gómez Gómez, natural de Trebujena y unos cinco años más joven que él, y tenía tres hijos, Josefa, Manuel y José, que se quedaron huérfanos con nueve y cinco años, respectivamente, los dos primeros, y antes de cumplir los dos meses, el tercero.

Según Manolo Calderón, este hombre fue el último presidente de la CNT. Y se llamaba José Román Vilches. Cantero, de oficio.

El mismo 30 de julio de 1937, el jefe de la policía urbana y rural, Luis Terrón González, le comunicó al alférez de la guardia civil y comandante militar de Alcalá, Juan Mesa Nieto, que encontrándose de servicio el cabo de dicha policía Juan Brito Marín, al llegar al número 33 de la calle Zacatín, observó que el vecino José Román Vilches se daba a la huida, ocultándose en una zahúrda de la casa, por lo que fue detenido, como autor que era de haber tomado parte activa en los sucesos habidos en esta ciudad en el mes de julio del pasado año, en que llevó consigo una escopeta, de la cual hizo uso contra un padre salesiano, al que hirió de un disparo; siendo, además, anarquista de pésimos antecedentes, y huido de Alcalá a raíz de la entrada en ella del glorioso ejército español.

El alférez Mesa, auxiliado por el guardia segundo Luis Carretero Carretero, como secretario, enseguida puso manos a la obra de aclarar la actuación de Román Vilches en los hechos citados en el parte recibido.

Comenzó interrogando a Luis Terrón: “Si por razón de su cargo tiene conocimiento de la ideología del sujeto en cuestión y de la actuación que hubiese tenido en la rebelión marxista”. A lo que éste contestó que le constaba que Román Vilches pertenecía a la F.A.I., en cuya organización ejercía el cargo de contador general, y que antes del Movimiento había sufrido condena por la colocación de una bomba en casa del vecino de

Alcalá Pedro Gutiérrez Calderón. Sin embargo, desconocía la actuación que hubiese podido tener en los hechos ocurridos durante los días del dominio rojo, por haber permanecido el declarante tales días metido en la cama, enfermo.

A continuación, el comandante militar de Alcalá interrogó al cabo Brito, que en la sesión del Ayuntamiento republicano de 22 de febrero de 1936 había sido destituido de su empleo de  guarda rural y al que los falangistas hicieron cabo de la guardia urbana el 25 de agosto siguiente, y un año después suspendieron de empleo y sueldo durante sesenta días, y terminaron por destituir el 14 de septiembre de 1937, declarando vacante su plaza. Este Brito, de 36 años, añadió a lo dicho por Terrón: Que Román Vilches pertenecía a la sección de canteros de la F.A.I., “en cuya organización ejercía el cargo de Contador General del Sindicato”, y que haría unos cuatro años sufrió condena como consecuencia de la colocación de una bomba en la casa de Pedro Gutiérrez Calderón. Que el día 19 de julio del año pasado lo vio por las calles de Alcalá provisto de una escopeta con la cual, según se decía de público, había hecho un disparo contra un padre salesiano, al que hirió; y que, cuando entraron en Alcalá las tropas que la liberaron del marxismo, huyó, y hasta hoy no se había descubierto su paradero.

Al día siguiente, 31 de julio, declararon ante la guardia civil Pedro Gutiérrez Calderón, José Gandul Benabal, Francisco Molins Ruiz y el propio José Román Vilches.

Pedro Gutiérrez Calderón, industrial, de 43 años, casado, y con domicilio en un chalet sin número en los Cercadillos, manifestó: Que no tenía amistad ni enemistad con Román Vilches, a pesar de haber sido agraviado por él. Que debido a la persecución que siempre sufrió de las organizaciones extremistas, y sabiendo, de rumor público y por los muchos anónimos que recibía, que estaba amenazado de muerte, se preocupó mucho de vigilar los movimientos de determinadas personas de las más significadas en estas organizaciones extremistas, y muy particularmente de este Román Vilches, que en el año 1933 construyó y colocó, en unión de otros, una bomba de gran potencia en su domicilio de Alcalá, por cuyo hecho sabía que estuvo procesado y fue después amnistiado. Que, durante el mando del Frente Popular, este sujeto fue un destacado directivo de la organización de la CNT-FAI que, por su temperamento violento y considerado como elemento de acción, ejercía gran influencia sobre las masas, a las que constantemente aconsejaba, para lograr sus aspiraciones, el crimen y el atentado personal. Pero que, por lo que se refería a los días de dominio rojo, no podía concretarle ningún cargo a Román Vilches porque se encontraba el declarante fuera de Alcalá.

José Gandul Benabal, otro cabo de la policía urbana, dijo, sin otro interés “que el triunfo de la verdadera justicia”: Que José Román Vilches, sujeto peligroso, de ideal anarquista y directivo de acción violenta, desde los primeros momentos de conocerse el inicio del glorioso movimiento nacional salvador de España y durante los días de dominio rojo en Alcalá, anduvo por sus calles con una escopeta “haciendo alarde de su matonismo”, y en la noche del 18 al 19 de julio de 1936 formó parte del grupo de rebeldes que, capitaneado por Manuel Nieto Duarte, llevó detenidos al Ayuntamiento a varios padres salesianos del colegio de Alcalá; en donde oyó decir a los del grupo, sin poder precisar a quien, lo bien que le había tirado José Román Vilches al padre salesiano Francisco Molins.

Éste, tras asegurar que no conocía de nada a Román Vilches, declaró: Que sobre las diez de la noche del 18 de julio de 1936 estaba en la puerta del colegio salesiano que da a la carretera de Carmona, cuando, por un grupo de individuos para él desconocidos, fue agredido a tiros de escopeta que le hicieron caer al suelo sin conocimiento, siendo después golpeado, según apreciaron en el reconocimiento médico que le hicieron al ser curado en la casa de socorro, donde lo trasladaron. De los miembros que integraban dicho grupo, sin embargo, no conoció, ni en su más mínimo detalle, a ninguno, e ignoraba, por tanto, su ideología política.

José Román Vilches reconoció que estuvo afiliado a la CNT y a la FAI y que fue nombrado contador de la sección de canteros, aunque no aceptó el cargo; también reconoció que en el año 1932 o 1933 había sido procesado, y estuvo un año en la cárcel, por supuesta complicidad en un asunto de explosivos: por haber facilitado a otro individuo un cartucho de dinamita que utilizó en la construcción de una bomba que colocaron en la casa de Pedro Gutiérrez Calderón. Negó que se encontrara en la calle cuando hirieron a Francisco Molins, o que viese cuando conducían a otros padres salesianos al Ayuntamiento, o que se acercara a éste por curiosidad; como también negó haber andado por la calle portando una escopeta y haberse unido al grupo capitaneado por Manuel Nieto Duarte. Dijo que en la noche del 18 al 19 de julio de 1936 anduvo solo por algunas calles de Alcalá, y que por la mañana del 19 se marchó a la dehesa de Matallana, en donde estuvo, solo, cogiendo cogollos de palmas, hasta la noche, en que regresó al pueblo y volvió a circular solo por la calle. Que, cuando entraron las tropas en Alcalá, huyó en dirección a Mairena del Alcor y permaneció dos días en el palenque conocido por la Parra; regresando a Alcalá el 25 de julio, desde cuya fecha, y por temor a que le hubiesen molestado por haber estado preso unos años antes, se mantuvo oculto en casa de su tío carnal Juan Vilches Reina, en la calle Zacatín, número 33, hasta el momento en que fue detenido por un cabo de la policía urbana llamado Brito.

Casi cinco meses después, José Román Vilches declaró de nuevo, esta vez en el Juzgado de Utrera, y rectificó o aclaró algunos puntos de su declaración ante la guardia civil: Dijo que nunca perteneció a la FAI ni ocupó cargo alguno en la CNT; que estuvo en su casa toda la noche del 18 de julio y el 19 después de regresar de Matallana, donde lo habían visto un panadero y un peón caminero a los que no conocía; y que, desde su vuelta de Mairena sólo estuvo oculto hasta el 12 de octubre, pues a partir de esta fecha hizo una vida normal, dedicándose a sus trabajos, sin ocultarse. Extremo éste ratificado por los vecinos de la calle Zacatín Rafael Espinosa Ruiz, Ana Torres Pacheco y María Prieto Montaño. Así como por las manifestaciones de su tío Juan Vilches Reina, de 54 años, natural de Antequera y cantero de oficio, que, en efecto, confirmó que su sobrino, el cual se le había presentado, dos o tres días después de la entrada de las tropas en Alcalá, y le pidió que lo albergara en su casa, por hallarse enemistado con su esposa, permaneció en su compañía y trabajó con él, extrayendo piedras de una cantera y haciendo cisco de monte, hasta que fue detenido.

El 9 de febrero de 1938 se reunió el Consejo de guerra sumarísimo permanente de urgencia, presidido por un coronel de caballería; y dada la palabra, en primer lugar, al fiscal Jaime M. Montero Ortiz de Cózar, acusó éste a José Román Vilches de ser autor de un delito de rebelión militar y pidió que lo condenaran a reclusión perpetua o a muerte; luego, cuando la tomó el paisano alcalareño, lo primero que dijo fue que era incierto que a él lo hubiesen detenido en una zahúrda, que lo fue en casa de su tío, pero sin ocultarse ni huir de nadie; y añadió que nadie podía decir que lo vieran con armas ni disparar contra el cura salesiano, pues jamás utilizó armas. También dijo que nunca ejerció cargos en sociedades políticas o sociales.

El Consejo de guerra actuó con rapidez: el mismo 9 de febrero de 1938 dictó su sentencia. Una sentencia que redactó, no un aficionado, sino un auténtico profesional: “el Magistrado Juez de Instrucción Número Uno de Sevilla Don Joaquín Pérez Romero, habilitado para el ejercicio de funciones jurídico-militares y para tomar parte en los Consejos de Guerra de carácter especial permanente en la Plaza de Sevilla”.

Dice así la sentencia:

Resultando: Que siguiendo el Consejo de guerra especial permanente de Sevilla en su delicada y a la par elevada misión de ir juzgando a los culpables de la bochornosa revolución marxista que tan sangrientamente ha encharcado el suelo patrio, arrojando sobre la Historia de España y sobre su civilización una mancha bien difícil de borrar, toca hoy el turno a un encartado que ocupa el primer plano en orden de gravedad: José Román Vilches, cuya sumaria pone de relieve que era un anarquista de acción con anterioridad al Movimiento salvador de España, con sus buenos antecedentes penales por complicidad en la colocación de explosivos contra patronos, por lo que fue condenado por la jurisdicción ordinaria, sin que llegara a cumplir la pena por aquellas amnistías alegres que con cualquier motivo o pretexto concedían los funestos gobiernos de la República y especialmente el llamado Frente Popular; constando además que al estallar el movimiento revolucionario fue de los que patrullaron con armas por el pueblo, teniéndose la sospecha vehemente de que fuera uno de los que dispararon a un salesiano sorprendido en la calle y que resultó herido gravemente, sin que este extremo se haya podido comprobar por no haberlo reconocido la víctima, pero repetimos que se tienen sospechas de que el autor del disparo fuera el dicho José Román; el que, además, a la entrada de las tropas libertadoras de la población, huyó al campo y, aunque volvió, procuró rehuir toda clase de comunicación exterior hasta que fue descubierto por la policía, un año después.

Considerando: Que los hechos relatados y declarados probados constituyen un delito de rebelión militar, cuyo autor, José Román Vilches, no solamente por sus antecedentes era de esperar que se sumara a la rebelión, sino que real y verdaderamente tomó parte en ella, ejecutando cuantos actos o infracciones delictivas estuvieron a su alcance, y que si no llegaron a más fue por la rápida intervención de las fuerzas nacionales que en los primeros momentos sofocaron la rebelión y evitaron que se cometieran los hechos tan funestos y salvajes realizados en otras poblaciones por individuos de la misma calaña.

Considerando: Que es de apreciar la máxima agravante de perversidad del delincuente, trascendencia del delito y peligrosidad social de su autor, el procesado José Román Vilches, que tan negros antecedentes sociales tiene, tan clara resulta su actuación y propósitos y tan evidente resulta su peligrosidad social.

Considerando: Que, habida cuenta de los cuantiosos daños ocasionados por la rebelión militar que se persigue y castiga, procede igualmente exigir responsabilidad civil al partícipe de la misma declarado culpable, ya que la responsabilidad civil es inherente a la criminal y la sigue como la sombra al cuerpo, debiendo fijarse más adelante su cuantía, por no estar la misma determinada en este momento. En consecuencia,

Fallamos: Que debemos condenar y condenamos al paisano José Román Vilches, como autor responsable de un delito de rebelión militar en el que ha concurrido la máxima circunstancia agravante de perversidad del delincuente, trascendencia del delito y peligrosidad social de su autor, a la pena de muerte. Y a indemnizar, por vía de reparación de los cuantiosos daños causados a la España nacional por la rebelión militar de tipo marxista que se persigue y castiga, las cantidades que se fijarán en su día.

Previa su aprobación por el auditor de guerra, Francisco Bohórquez Vecina, que consideró racional y debidamente apreciada la prueba, y procedente la pena capital impuesta, la sentencia fue comunicada a Franco, y éste se limitó a darse por enterado de que José Román Vilches había sido condenado a muerte. Lo que a él se le comunicó, aunque se negó a firmar la notificación, en la cárcel de Sevilla, siendo las dos de la madrugada del día 9 de abril de 1938. Una hora después lo mataron: “en el sitio de las tapias del Cementerio” de San Fernando.

Su madre, que le sobrevivió, y había vivido con él en la calle Gandul, número 36, se llamaba María Vilches Reina. Y su hija, Josefa Román Gómez, tanto se acuerda de él que hasta recuerda el nombre del encargado de la guardería infantil que había en el sindicato de la plaza de España y a cuyo cuidado la dejaba su padre mientras éste atendía a sus compromisos sindicales: aquel hombre se llamaba Hipólito y, como ellos, también vivía en una casa de vecinos de la calle Gandul.

Más de tres años después de muerto, el 10 de junio de 1941, desde el Ayuntamiento de Alcalá se respondió al Juzgado instructor de responsabilidades políticas, que había pedido informe sobre él para incorporarlo a su expediente número 709/41: José Román Vilches “no reside en ésta desde hace más de dos años”.

Fuentes

  • Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo: Causas, s/nº 37: Legajo 4-62.
  • Archivo Municipal de Alcalá de Guadaíra: Libros 257 y 258. Legajos 25 a 30.
  • Testimonios de Josefa Román Gómez y Manuel Calderón de los Ríos.
  • Fotografías: Josefa Román Gómez.