Huelva. Expedientes de inscripción de defunción ‘fuera de plazo’, 1936-1939. En memoria de Arturo Carrasco

Expedientes de inscripción de defunción ‘fuera de plazo’, 1936-1939

HUELVAYA.ES | ALFREDO MORENO BOLAÑOS | GILBERTO HERNÁNDEZ VALLECILLO | 12-10-2017

Antes de entrar en detalles de la Foto1investigación llevada a cabo en el Archivo Municipal de Valverde del Camino, es imprescindible dedicar un párrafo de agradecimiento al incuestionable trabajo y celo profesional de “Arturo Carrasco Sánchez” que salvaguardó los documentos que hoy pueden contemplarse e investigarse en el citado archivo. (Fotografías de Gilberto Hernández Vallecillo).

La prensa nacional y concretamente El País el día 16 de Agosto de 2008 (artículo de Tereixa Constenla – Miguel González), le dedicó un artículo: “Cuando el Ministerio de Justicia ordenó “purgar” los archivos judiciales en 1960, Arturo Carrasco Sánchez (Los Marines, Huelva, 1934) llevaba menos de un año como auxiliar en el juzgado de Valverde del Camino (Huelva). Le había bastado, sin embargo, para leer muchos de los expedientes de responsabilidades políticas que se conservaban allí. Con aquellos legajos se podría reconstruir la represión franquista en 14 municipios de la comarca minera de Huelva, una zona muy castigada por su activismo sindical Foto2y político. Aquellos papeles permitían saber a quiénes se había desposeído de bienes, a quiénes se había enviado a la cárcel, a quiénes se había enviado a la muerte. Arturo Carrasco, hijo de Venancio Carrasco, un concejal republicano encarcelado, decidió desobedecer la orden cuando el juez le encargó que seleccionase los papeles: “El destino era quemarlos o reciclarlos para hacer papel. Sé que podría haber ido a la cárcel, pero quería guardarlos”.

Tras su fallecimiento el día 28 de Noviembre de 2008, el mismo periódico (artículo de Tereixa Constenla), vuelve a escribir sobre él: “El funcionario escogió legajos civiles y penales sin trascendencia política para entregar a un camión enviado por el ministerio. Ocultó los delicados bajo ejemplares del BOE en el mismo archivo judicial. Y allí estuvieron hasta que murió Franco y la democracia le pareció duradera. En 1984 los sacó de su escondite y se depositaron en la Casa de la Cultura”. “Arturo Carrasco había leído muchos de los documentos que salvó. Allí constaban los vecinos de la Cuenca Minera de Huelva, donde las represalias tras la Guerra Civil fueron especialmente crudas, a los que se habían quitado propiedades. También los que habían sido encarcelados por sus ideas, los que habían penado en campos de trabajo forzoso, como su propio padre Venancio Carrasco, y los que habían muerto cuando no les correspondía por razones biológicas”.

Cinco tipos de documentos son los catalogados en el Fondo del Juzgado de Valverde del Camino:

    Expedientes sobre solicitudes de Inscripción en el Libro de Defunciones

    Expedientes de Responsabilidad Civil

    Expedientes de Responsabilidad Política

    Expedientes de Incautación de Bienes

    Expedientes de Ejecutorias

El día cuatro de abril de 2017, iniciamos la investigación en el Archivo Municipal de Valverde, lugar donde se encuentran los expedientes del Juzgado de 1ª Instancia que se llevaron a cabo para las inscripciones de los fallecidos por aplicación de “Bando de Guerra” o bien “Desaparecidos” durante el período de la Guerra Civil y que no estaban anotados en los diferentes Registros Civiles de los pueblos que forman la Cuenca Minera de Río Tinto, excepto Campofrío y La Granada de Río Tinto que pertenecen a la Jurisdicción de Aracena, y están hoy depositados en el Archivo Histórico Provincial de Huelva.

El proceso para llevar a cabo la inscripción estaba regulado por el decreto nº 67 de fecha 8 de noviembre de 1936, publicado en el Boletín Oficial del Estado en Burgos el 11 de noviembre de 1936, nº 27 y la Orden de 10 de Noviembre del mismo año con las normas a seguir durante el proceso, siendo publicada en el Boletín Oficial el día 13 de Noviembre con el nº 29. El decreto mencionado, en su artículo nº 1 muestra con claridad que la inscripción tanto del fallecimiento como de la desaparición se llevará a cabo en el Registro Civil del último domicilio o bien en el de naturaleza del fallecido o desaparecido, adquiriéndose la autorización pertinente mediante un expediente que habrá de tramitarse ante el Juez de primera instancia competente.

La causa se iniciaba en la mayoría de los casos con la incoación de la solicitud de inscripción por parte de la viuda; aunque también existen con la autoría del viudo, padre, madre, suegro, suegra, hermano o hermana y presentada al Juez de Primera Instancia del término judicial correspondiente, bien Valverde del Camino, bien Aracena, según pueblo de vecindad. En dicha solicitud se informaba de los datos personales del fallecido y de la fecha y lugar de su muerte, así como la notificación de testigos de los hechos en alguna que otra solicitud. Seguidamente el Secretario del Juzgado emitía Providencias del Juez destinadas al Juzgado Municipal, Ayuntamiento, Guardia Civil, Guardia Municipal y Comandancia Militar de cada pueblo con el mandato de recibir la veracidad de los hechos incoados, así como la información particular de cada entidad sobre lo ocurrido; una vez recibida la pesquisa requerida el Juez dictaba Auto para la inscripción en el Registro Civil, siendo éste quien le notificara posteriormente dicha actuación, notificándole Tomo, Folio y Número de inscripción en dicho servicio municipal para el archivo del proceso.

En el Archivo Municipal de Valverde del Camino nuestro trabajo de investigación ha consistido en primer lugar, llevar a cabo la “digitalización” de todos los expedientes de “solicitudes de Inscripción en el Libro de Defunciones” y pertenecientes a la Cuenca Minera de Río Tinto; resultado un total de 8.205 “digitalizaciones” y repartidas entre los pueblos respectivos al Término Judicial de Valverde del Camino y en segundo lugar estudiarlos y contrastarlos con las bases de datos ya confeccionadas por nosotros y referentes a las anotaciones de los distintos Registros Civiles. Siete legajos componen toda la información, el nº 1 y 2 pertenecen a Minas de Riotinto, el 9 y 10 a Nerva, el 21 a Zalamea la Real y los nº 31 y 32 a El Campillo; realmente una vez investigado todo el fondo, el total se eleva a 501 expedientes, repartidos entre las diferentes poblaciones, tres más que lo inicialmente se mostraba, existiendo tres solicitudes más que están incluidos en otros tantos, pero sin nominarse en el fondo, uno pertenece a Zalamea y dos a Nerva

Gracias a la información que se detalla en los expedientes, hemos tenido que rectificar ciertos partes de defunción y por tanto han servido para ratificar aún más y siempre bajo la información documental la identificación de los fusilados y enterrados en las diferentes fosas comunes de los pueblos de la Cuenca Minera de Río Tinto. No todos los partes de defunción “fuera de plazo” encontrados en los Registros tienen su expediente en el Fondo del Juzgado, pero si todos estos últimos tienen su parte de defunción correspondiente; de un 72% de las inscripciones registrales se conserva el expediente judicial original.

En los pueblos de Minas de Riotinto, El Campillo y Zalamea la Real, informan sobre la aplicación del Bando de Guerra el Ayuntamiento, Comandancia Militar, Guardia Civil y Guardia Municipal, pero en Nerva aparece una nueva fuente de información con el nombre de “Jefatura Municipal de Vigilancia”, este pueblo además era por entonces Juzgado de índole Comarcal, de ahí que posiblemente sea este el motivo por el cual los expedientes incoados desde Nerva eran los más rápidos en formularse, tenía este pueblo una media de 42 días de procesamiento mientras que en Minas de Riotinto eran necesarios 108 días, en Zalamea la Real 79 días y en el Campillo 68.

Esta investigación ha sido un paso más para acercarnos de forma documental a la realidad del contenido de Foto6personas fusiladas y enterradas en las “Fosas Comunes” de la Cuenca Minera; aunque en Marzo de 2017 dimos un adelanto de nuestro trabajo, hoy mostramos unos datos mucho más fehacientes y por tanto más contrastados documentalmente y seguimos manteniendo la falta de fosas comunes en Zalamea la Real debido a las exhumaciones efectuadas y detalladas en nuestro anterior estudio; respecto a El Campillo es importante notificar que a día de hoy la única fosa común documentada es la que contiene los once fallecidos en la cárcel el día 25 de Agosto de 1936; la de Nerva declarada como “Lugar de Memoria Histórica”, donde literalmente se reconoce que: “A partir del 26 de agosto de 1936 se comenzó una dura represión que acabó con la vida de miles de personas en toda esa zona de la provincia de Huelva, siendo enterrados muchos de estos represaliados en el Cementerio Municipal de Nerva en cuyo interior, según el Mapa de Fosas de la Junta de Andalucía, puede haber en torno a 1.500 cadáveres en una gran fosa.” (BOJA nº 63 de 30/03/2012, Acuerdo de 20 de marzo de 2012, del Consejo de Gobierno, por el que se declaran catorce Lugares de Memoria Histórica de Andalucía.), y que recientemente desde la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, se autoriza la Indagación-localización de la fosa de Nerva (BOJA nº 150 de 07/08/2017, Orden de 2 de agosto de 2017), por la que se acuerdan actuaciones específicas en memoria democrática en determinados municipios andaluces y que se llevará a cabo a lo largo de 2017 teniendo incluso consignación presupuestaria; y de Minas de Riotinto que tras el estudio realizado, estamos seguros de la situación de al menos dos lugares de fosas comunes, así como inhumaciones en lugares particulares dentro del Cementerio de Santa Bárbara, con la seguridad que en tan solo un caso se ha procedido a la exhumación de los restos de un fusilado, los demás y con los datos del propio sepulturero, nunca han sido desenterrados

Entendemos pues, que tras la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía (Boja Número 63 – Lunes, 3 de abril de 2017), hacemos un llamamiento a las entidades locales de la Cuenca Minera para que se trabaje en lo dispuesto en dicha ley, ya que con los datos documentados de nuestra investigación, pensamos que es el momento de tratar de integrar como Lugares de Memoria Histórica las Fosas de El Campillo y Minas de Riotinto. Nuestro compromiso de investigación y divulgación continúa, hasta llegar a la construcción de nuestro propósito, que no es otro que mostrar en un libro todo nuestro trabajo, que esperemos sirva para hacer un homenaje a todos aquellos, y sin distinción de ideales políticos, que sufrieron la represión de las armas durante la cruel guerra civil.

La investigación realizada, sin la colaboración prestada por el personal responsable del Archivo Municipal de Valverde del Camino no hubiera sido posible efectuarlo, es de recibo pues, extender nuestro más sincero agradecimiento a: Francisca Medina Arestoy, Archivera; Juan Carlos Castilla Soriano, Auxiliar Archivo y Biblioteca y Antonia Navarro Lorca, Funcionaria Administrativa del Área de Cultura.

Minas de Riotinto, 8 de octubre de 2017

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