Amnistia Internacional: Casos cerrados, heridas abiertas. El desamparo de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo en España

Amnistia Internacional: Casos cerrados, heridas abiertas. El desamparo de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo en España.

Informe entregado el 9 de Mayo de 2012 por el Presidente de la seccion española de Amnistia Internacional a los Juzgados de Buenos Aires (Argentina) donde se presentaron las denuncias de victimas del franquismo para la investigación de desaparecidos, asesinados, durante la guerra y la dictadura (1936-1977).

Índice

1. Resumen ejecutivo
2. El desamparo judicial de las víctimas: desestimación de las denuncias, falta de notificación y exclusión del derecho a un recurso efectivo
3. Actuación de la juisticia española: desestimación de las denuncias en violación del derecho internacional y obstrucción del acceso a la justicia
4. Cooperación judicial penal: la investigación en ARgentina, una vía alternativa papra la justicia
5. Conclusiones
6. Recomendaciones
Anexos del informe

1. RESUMEN EJECUTIVO.

Los derechos a la verdad, justicia y reparación de las víctimas de los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo (1936-1975) siguen siendo denegados en España. A pesar de la reclamación emprendida por las víctimas y sus familiares ante la justicia desde hace años, en España no se ha llevado a cabo ninguna investigación judicial exhaustiva para conocer la verdad de las circunstancias que rodearon los abusos cometidos durante este período. La gran mayoría de los casos han sido archivados por los jueces españoles sin que se lleve a cabo ningún tipo de investigación.

Esta situación de indefensión se ha visto agravada por la reciente sentencia del Tribunal Supremo en el llamado “caso de la Memoria Histórica”, en el que el exjuez Baltasar Garzón ha sido investigado por un presunto delito de prevaricación por haber abierto una causa en la Audiencia Nacional para investigar la desaparición forzada de 114.266 personas entre el 17 de julio de 1936 y diciembre de 1951.

Si bien el Tribunal Supremo absolvió en esta causa al exjuez Garzón, en su sentencia utiliza argumentos que, según Amnistía Internacional, son contrarios al derecho internacional. El Tribunal declara que los hechos que pretendía investigar el exmagistrado no pueden ser calificados de crímenes de lesa humanidad porque, en su momento, no eran considerados como tales por el ordenamiento jurídico español y, en consecuencia, no pueden ser investigados por la justicia española.

Amnistía Internacional considera que, con esta actitud, España está incumpliendo sus obligaciones
internacionales respecto al derecho a la justicia de las víctimas y al deber de investigar los crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo. Además, la organización ha constatado que los informes remitidos por la Fiscalía a la justicia argentina, en los que se da a entender que la investigación sí está avanzando en España, no se ajustan a la verdad.

Estas conclusiones quedan recogidas en el informe “Casos cerrados, heridas abiertas: el desamparo de las víctimas de la Guerra Civil y el franquismo en España”, en el que se analiza detalladamente cuál ha sido la respuesta que ha dado la justicia española –incluida la sentencia del Tribunal Supremo– a las víctimas de los crímenes de derecho internacional cometidos en el pasado en España.

En las páginas que siguen, Amnistía Internacional hace un resumen del mencionado informe, exponiendo las principales preocupaciones de la organización, así como las obligaciones internacionales que pesan sobre España en relación a estos crímenes. Igualmente, se exponen las razones que deben llevar a revisar el criterio sentado por el Tribunal Supremo.

Finalmente, Amnistía Internacional formula unas conclusiones y recomendaciones destinadas a hacer realidad los derechos de las víctimas y sus familiares a la verdad, justicia y reparación.

(…) COMPLETO pinchar (documento adjunto)
 

 

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