Convocatoria de ayudas económicas destinadas a los Ayuntamientos para actuaciones relacionadas con memoria democrática

FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS
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6/11/2020
Circular 65/2020
Asunto: Convocatoria de ayudas económicas destinadas
a los Ayuntamientos para la realización de actuaciones relacionadas
con la memoria democrática
La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-22296), tiene entre sus objetivos promover la reparación moral y la recuperación de la memoria personal y familiar de esas víctimas, para lo cual establece una serie de medidas entre las que se incluyen aquellas relativas a la localización e identificación de personas desaparecidas en dicho período. Su artículo 11 establece la obligación de las Administraciones públicas de facilitar, en el marco de sus competencias, a los descendientes directos de las víctimas que así lo soliciten las actividades de indagación, localización e identificación de las mismas y, más concretamente, respecto de la Administración General del Estado, la obligación de establecer subvenciones para sufragar gastos derivados de esas actividades.
El pasado 7 de octubre se publicó en el BOE el Real Decreto 887/2020, de 6 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para actuaciones relacionadas con la memoria democrática (https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-11885).
Dicha subvención tiene por objeto financiar las actuaciones que lleven a cabo los Ayuntamientos en orden a la investigación, localización, exhumación e identificación de personas desaparecidas en fosas de la guerra civil y el franquismo. Actividades que, para que sean subvencionables, deberán desarrollarse y concluirse de acuerdo con lo establecido en el “Protocolo de actuación en exhumaciones de víctimas de la guerra civil y la dictadura”, que fue publicado en el BOE núm. 232, de 27 de septiembre de 2011 (https://www.boe.es/eli/es/o/2011/09/26/pre2568)., así como con la normativa específica de la respectiva Comunidad Autónoma si la tuviere1.
Serán subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y cumplan los tres requisitos siguientes:
1. Que se realicen entre la fecha de notificación a la FEMP de la Resolución del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, por la que se le conceda esta subvención y el 31 de octubre de 2021,
2. Que estén efectivamente pagados antes del 31 de diciembre de 2021 y
3. Que respondan a los siguientes conceptos:
• Gastos de personal dedicado a retribuir las actividades realizadas en los respectivos proyectos por el personal incorporado a los mismos.
• Dietas y gastos de viajes: Los desplazamientos, alojamiento y manutención, hasta el máximo correspondiente al Grupo 2 de dietas contemplado en el Real
1 Ver anexo.
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Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio. • Gastos de adquisición o alquiler de material necesarios para la realización del proyecto.
• Material fungible (papelería, consumibles…).
• Otros gastos, tales como los de publicidad y difusión de las actividades realizadas, de prestación de servicios profesionales ligados a la realización del proyecto, u otros relacionados directamente con la actividad subvencionada.
• Los gastos de funcionamiento ordinario de la entidad hasta un máximo del 10% del coste de la actividad subvencionada.
El importe máximo de la subvención para a cada una de las actuaciones será de 60.000 € y tendrán prioridad para acceder a la subvención:
• Las actuaciones en:
• fosas de grandes proporciones con numerosas víctimas,
• fosas que se encuentran en lugares no permitidos para enterramientos, como las fosas clandestinas en cunetas y campos y
• fosas que corran riesgo de desaparición.
• Las propuestas de exhumaciones que:
• cuenten con los permisos y autorizaciones necesarios para realizar las actuaciones correspondientes o
• presenten trámites avanzados a nivel de gestiones administrativas.
Los Ayuntamientos que deseen financiar actuaciones con cargo a esta subvención deberán cumplimentar la ficha adjunta y remitirla, junto con la documentación referida en la misma ficha, por correo electrónico a femp@femp.es o por correo ordinario a la dirección postal Calle Nuncio nº 8, Madrid, C.P. 28005, indicando en el asunto del correo electrónico o en el sobre “SOLICITUD SE SUBVENCIÓN PARA ACTUACIONES RELACIONADAS CON LA MEMORIA DEMOCRÁTICA”.
La solicitud deberá tener entrada en el Registro de la FEMP antes de las 00:00 horas del día 26 de noviembre de 2020.
Con las solicitudes la FEMP, siguiendo las pautas indicadas desde el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, elaborará un “Plan de recuperación de Memoria Democrática”, que trasladará a dicho Ministerio para su aprobación.
Aprobado el Plan, la FEMP comunicará a los Ayuntamientos la inclusión o exclusión de su propuesta en dicho Plan y, en el primer caso, el importe de la subvención y los compromisos que adquiere el Ayuntamiento con la aceptación de la misma.
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ANEXO
Normativa autonómica relacionadas con la memoria democrática
ANDALUCÍA:
• Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
https://boe.es/buscar/pdf/2017/BOE-A-2017-4348-consolidado.pdf
• Decreto 334/2003 de 2 de diciembre, de coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la memoria histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra.
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2003/236/d2.pdf
ARAGÓN
• Ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón.
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1048373623232
CANARIAS:
• Ley 5/2018, de 14 de diciembre, de Memoria Histórica de Canarias.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2019-858
• Decreto 5/2020, de 6 de febrero, por el que se prueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Técnica de la Memoria Histórica.
https://www.iberley.es/legislacion/decreto-5-2020-6-febrero-aprueba-reglamento-organizacion-funcionamiento-comision-tecnica-memoria-historica-26501796
CASTILLA Y LEÓN
• Decreto 9/2018, de 12 de abril, de la Memoria Histórica y Democrática de Castilla y León.
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2018/04/16/pdf/BOCYL-D-16042018-1.pdf
CANTABRIA:
• Proyecto de Ley de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria
https://parlamento-cantabria.es/sites/default/files/dossieres-legislativos/10L1000-0006-1_firmado.pdf
CATALUÑA:
• Ley 10/2009, de 30 de junio, de localización e identificación de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista, y la dignificación de las fosas comunes.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-12855
• Decreto 111/2010 de 31 de agosto, que desarrolla reglamentariamente la Ley 10/2009.
https://www.iberley.es/legislacion/decreto-111-2010-31-agosto-desarrolla-reglamentariamente-ley-10-2009-30-junio-sobre-localizacion-identificacion-personas-
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COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA:
• Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-13351-consolidado.pdf
• Ley Foral 29/2018, de 26 de diciembre, de Lugares de la Memoria Histórica de Navarra.
http://www.lexnavarra.navarra.es/detalle.asp?r=50972
COMUNIDAD VALENCIANA:
• Ley 14/2017, de 10 de noviembre, de memoria democrática y para la convivencia de la Comunitat Valenciana.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2017/BOE-A-2017-15371-consolidado.pdf
EXTREMADURA:
• Ley 1/2019, de 21 de enero, de memoria histórica y democrática de Extremadura.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-1936&p=20190124&tn=2
ILLES BALEARS:
• Ley 10/2016, de 13 de junio, de la Memoria Histórica de las Illes Balears.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2016/BOE-A-2016-6312-consolidado.pdf
PAÍS VASCO:
• Normativa sobre Memoria Histórica en la Comunidad Autónoma del País Vasco
https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/memoria_presentacion_antecende/es_def/index.shtml
• Borrador del anteproyecto de Ley de Memoria Histórica de Euskadi.
https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/noticia/2019/el-gobierno-vasco-presenta-el-borrador-del-anteproyecto-de-ley-de-memoria-historica-de-euskadi/
PRINCIPADO DE ASTURIAS:
• Ley 1/2019, de 1 de marzo, para la recuperación de la memoria democrática en el Principado de Asturias.
https://www.boe.es/buscar/pdf/2019/BOE-A-2019-5480-consolidado.pdf

Palabras clave:
Subvenciones y becas