Rechazada una moción para instar al Gobierno de Navarra a supeditar cualquier ayuda o subvención al cumplimiento de la legislación en materia de memoria histórica
Y, a su vez, supeditando la concesión de ayudas a la asunción de dicha condena, “en cumplimiento de la legislación vigente en materia de Memoria Histórica, la Resolución 1481 de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, la Decisión Marco 2008/913/JAI del Consejo, la Declaración de Praga sobre la Conciencia Europea y el Comunismo, la Declaración de Varsovia de 23 de agosto de 2011, la resolución 2819/2019 del Parlamento Europeo y el resto de resoluciones y declaraciones europeas en contra de los totalitarismos y extremismos análogos”.
En la exposición de motivos, la resolución impulsada por el G.P. Contigo-Zurekin solicitaba un plan de actuación para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, donde se detallan los elementos contrarios a los principios y valores éticos que acompañan a las políticas dirigidas a reparar y reconocer la dignidad de las víctimas de toda forma de violencia intolerante y fanática.
La Ley, que habla de edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos situados en la vía pública, adosados a edificios públicos o ubicados en edificios de carácter privado o religioso con proyección a un espacio o uso público, contempla también la privación de subvenciones, previa sanción por resolución administrativa firme.
El seguimiento y comprobación de las personas físicas o jurídicas penadas queda a expensas de una base de datos, cuyo desarrollo, según se precisa, compete al Departamento autorizado en la materia.
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