Julián del Ángel López

Hinojares
Jaén
Fuentes, Encarna

Mi tío abuelo Julián era un joven campesino soltero de Hinojares (Jaén). Sus padres, mis bisabuelos, se llamaban Rufino y Concepción y tenía varios hermanos: Andrés, Jesús y Josefa. Era un hombre humilde pero instruido, puesto que sabía leer y escribir. Al estallar la Guerra Civil, ingresó voluntario como miliciano en el ejército republicano, en el cuerpo de sanidad, y allí ostentó la graduación de cabo.

Fue detenido durante la toma de Valencia por parte del ejército nacional y el día 1 de diciembre de 1939 lo recluyeron en el campo de concentración de Portaceli, en la localidad de Serra (Valencia). De ahí, lo llevaron a la Prisión Celular de Valencia el 5 de julio de 1940. Como él era de Jaén, finalmente lo trasladaron en ferrocarril a la Prisión Provincial de Jaén, donde ingresó el 7 de diciembre de 1941.

Según la documentación que figura en el Archivo del Tribunal Militar Segundo de Sevilla y en el Archivo Histórico Provincial de Jaén, fue juzgado en consejo de guerra sumarísimo, procedimiento 944, Auditoría de Guerra de Córdoba, acusado de auxilio a la rebelión. Los cargos que se le imputaban eran: militancia en partidos «marxistas», afiliación a la UGT, tener cargo directivo en el Partido Socialista, ser voluntario en el ejército «rojo» y miliciano y haber participado en requisas, desarme de gentes de «derechas» y destrucción de imágenes religiosas.

De nada valió que el capellán de Hinojares, don Nicolás Muñoz Jiménez, declarase que la conducta de mi tío abuelo había sido buena y que le había salvado la vida cuando evitó que lo detuviesen gentes anticlericales venidos de otros pueblos. Tampoco sirvió que algunos testigos corroborasen lo dicho por el capellán. Fue condenado a seis años y un día de reclusión mayor.

Mientras cumplía pena en la cárcel, también fue juzgado por el Tribunal de Responsabilidades Políticas, aplicándosele el artículo 4, apartado D, de esa ley, con la finalidad de quitarle cualquier bien que pudiese poseer. Su número de expediente era el 1.087.

En el BOE de 6 de junio de 1943 se publica que se les concede el beneficio de la libertad condicional a setecientos noventa penados entre los cuales está mi tío abuelo. Una vez libre, dejó su pueblo natal y se fue a vivir a Puerto Lumbreras en la provincia de Murcia. Al cabo de pocos años falleció a consecuencia de una enfermedad contraída por las malas condiciones de vida de esas épocas.

Me llama la atención una carta que mi tío le escribió al director de la prisión, en respuesta a la que este previamente le había enviado. En ella le cuenta cómo es su vida cotidiana y se define de la siguiente manera: «siempre fui un hombre honrado y lo seguiré siendo hasta el final de mi vida».