José Astacio Zarza

Alcalá de Guadaíra
Sevilla

El día 20 de junio de 1938, Luis Terrón González, el jefe de la guardia municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla), le trasladó al juez Pérez Díaz una denuncia puesta por el cabo José Gandul Benabal en la que éste decía que, habiendo tenido conocimiento de que en la casa número 15 de la calle Pescuezo existían objetos procedentes de los saqueos efectuados “en el pasado movimiento”, se presentó en dicho domicilio y comprobó que, “en la habitación” de José Astacio Zarza, había “una garrafa”, entonces vacía pero que “estuvo llena de aguardiente”, y “un carrito de juguete”; los cuales, según declaración del propio Astacio, eran “de la casa de Troncoso”. Terrón le comunicaba también al juez que había detenido a José Astacio y lo tenía a su disposición “en el Arresto Municipal”.

Al día siguiente, Manuel Pérez Díaz y el secretario del Juzgado, José Marín Lara, se desplazaron a la cárcel de la calle Sánchez Perrier, donde estaba el detenido, y le tomaron declaración a éste sobre el contenido de la denuncia. José Astacio Zarza, un albañil de 43 años, natural de Alcalá, casado con Concepción Hartillo Ortega y padre de cuatro hijos: José, de 17 años; Antonio, de 16; Luis, de 13; y María, de 5; manifestó que ignoraba por completo la procedencia del carrito y de una “damajuana” que la guardia municipal había intervenido en su casa. Explicó que hacía tiempo que en su domicilio venía viendo jugar a los niños con el carrito, pero que nunca le había concedido importancia ninguna, por considerarlo una “cosa de niños”; y, en cuanto a la damajuana, pues también la había visto en su casa “con aceite que compra la mujer”, pero no podía decir cómo ni quien la había llevado hasta allí. José Astacio añadió que cuando llegaba a su casa estaba tan “rendido por el trabajo” que nunca se había ocupado de lo que entendía que era una pequeñez, y que si alguna vez oyó “hablar del carrito”, mientras los niños jugaban con él, fue a su cuñada Elvira Hartillo Ortega, que vivía en la calle Mairena, número 11.

Interrogada esta mujer en el Juzgado, en su respuesta dijo que supo “por unos niños” que en la casa de su cuñado José Astacio Zarza había un carrito de juguete y una damajuana procedentes de “la Casa de Troncoso”, que fue asaltada durante el movimiento revolucionario de julio de 1936. Ella no había visto tales objetos porque hacía tiempo que no iba a casa de su cuñado, con el que estaba disgustada: “tanto que él le tira lo que puede y ella a él”; pero cuando se lo dijeron, que fue al poco tiempo de ocurrir “los sucesos” en Alcalá, lo comunicó enseguida a uno de los hermano Troncoso, al que conoce de vista pero no de nombre, aunque cree que es “el yerno de Pedro Sanabria”; y, después de decírselo a éste, no había vuelto a ocuparse más del asunto.

El industrial Francisco Troncoso Rosales negó ante el juez Pérez Díaz que Elvira Hartillo le hubiese comunicado en ninguna ocasión, a él o a sus hermanos, que en la casa de José Astacio había un carrito de juguete y una damajuana producto del saqueo que, durante los sucesos de julio de 1936, sufrió el establecimiento de bebidas que ellos tenían en la calle de la Mina, número 30; agregando que, de haberlo sabido alguno de los hermanos, “se hubieran recogido” dichos objetos y se habría “dado parte a las Autoridades”.

Antonio, hermano del anterior, y labrador de profesión, aseguró que ignoraba en absoluto todo lo relacionado con el hecho de la sustracción del carrito y la damajuana “que se le exhiben, como de su propiedad”. Reconoció que efectivamente el carrito, desaparecido de su casa el día en que ésta fue saqueada durante el movimiento revolucionario del mes de julio de 1936, era suyo; y que la damajuana o garrafa sería “una de las varias que, vacías o llenas de varios líquidos, también desaparecieron cuando el saqueo”.

Manuel Pérez Díaz también le tomó declaración al cabo Gandul, “de la Policía Urbana”, el cual relató que el día 18 ó 19 de junio de 1938 tuvo conocimiento, por un hijo de Elvira Hartillo, llamado Manuel Ordóñez Hartillo, de que en la calle Pescuezo, número 15, y en una de las habitaciones que en esa casa ocupaba el vecino de la misma José Astacio Zarza, tío político del citado Manuel Ordóñez, había un carrito “de jugar los niños” y una damajuana vacía, que procedían “de la casa de Troncoso cuando fue ésta desvalijada durante los días del movimiento revolucionario” en Alcalá en el mes de julio de 1936. Que el declarante se presentó en el referido domicilio de la calle Pescuezo y se entrevistó con “el Astacio”, al que preguntó si era cierto que tenía un carrito de juguete y una damajuana vacía; y, como éste contestara afirmativamente “poniéndoselos de manifiesto”, le interrogó por la procedencia de tales objetos, y entonces respondió que él hacía tiempo que los venía viendo en su casa, a la que “unos niños” los habían llevado, pero que ignoraba de donde procedían.

El que dio al cabo Gandul la información que sirvió a éste para denunciar a José Astacio era un muchacho de 19 años, también albañil, quien, según contó al titular del Juzgado municipal de Alcalá, no había visto ni el carrito ni la garrafa, y suponía que fueron los hijos de Astacio, y primos hermanos suyos, los que llevaron esos objetos a su casa de la calle Pescuezo. Manuel Ordóñez Hartillo explicó que, desde hacía ya mucho tiempo y en distintas ocasiones, les había oído decir a estos niños que tenían en su domicilio un carrito de juguete y una damajuana que procedían del asalto a “la Casa de Troncoso” en los días del movimiento revolucionario de julio de 1936; pero que fue sólo unos cuantos días atrás cuando les oyó decirlo por última vez y, como “le diera coraje” volver a oírles lo mismo, lo puso en conocimiento del cabo de los municipales José Gandul Benabal.

Como última actuación, el juez Pérez Díaz encomendó a dos comerciantes de Alcalá, Juan Sánchez Giráldez y Manuel Mora Martínez, que tasaran el valor de los objetos intervenidos a José Astacio; y, una vez, realizada esta operación, que arrojó un precio de siete pesetas para el carrito y de tres para la damajuana, remitió las diligencias al Juzgado de Instrucción de Utrera. Desde el cual se pusieron en conocimiento de la Auditoría de guerra, y ésta, “en atención a la naturaleza de la responsabilidad perseguida”, ordenó al juez militar de Sevilla Francisco Fernández Fernández que tramitara un procedimiento sumarísimo de urgencia contra el albañil alcalareño. A quien el día 8 de julio de 1938 se lo llevaron a la prisión de Utrera y el 19 de agosto siguiente a la de Sevilla.

Solicitada información sobre su conducta, por el juez Fernández, al comandante del Puesto de la guardia civil de Alcalá y al jefe local de la Falange, éste manifestó que Astacio estuvo afiliado a la CNT, “no obstante” lo cual no se le había podido comprobar ningún hecho delictivo; se tenían noticias de que “al parecer” era una persona de buena conducta y de que no tuvo actuación de ninguna clase durante los días en que Alcalá permaneció “en poder de las hordas rojas”. Por su parte, el informe del sargento Manuel Espinosa del Pino también consignó que José Astacio militó en la CNT, sin distinguirse como agitador ni directivo; “pero” que su conducta fue buena y no se tenía conocimiento de que tomara parte activa en contra del alzamiento nacional. Este guardia civil, además, le propuso al juez militar los nombres de Antonio Espinosa León y Luis Rodríguez Ortega para que, como “vecinos de reconocida solvencia moral”, testificaran acerca de la conducta del hombre al que se estaba investigando.

Ambos fueron citados y declararon en Sevilla. El farmacéutico Espinosa, de 72 años, natural de El Viso del Alcor y con domicilio en la plaza de Cervantes, número 1, dijo que Astacio, a quien conocía desde hacía 8 ó 10 años, era un hombre trabajador, al que no le había conocido actividad política de ninguna clase, ni sabía que hubiera participado en contra del glorioso movimiento nacional. Circunstancia ésta que tampoco le constaba al industrial panadero, y uno de los alcaldes republicanos de Alcalá, Luis Rodríguez, de 45 años y domiciliado en la calle Mairena, número 24, para quien José Astacio, al que conocía desde hacía 7 ó 8 años, también era un hombre trabajador, de buena conducta y al que no le conoció actividad política de ninguna clase, “aunque estuvo afiliado al Sindicato Obrero de la localidad” debido a razones de trabajo, porque “si no se afiliaba no podía trabajar”.

Tras la declaración del propio inculpado, en la que negó haber pertenecido a ningún partido político ni agrupación sindical, y que interviniera en los sucesos revolucionarios ocurridos en Alcalá, y que supiese quien había llevado a su casa la damajuana y el carrito intervenidos en ella; el 23 de septiembre de 1938, un Consejo de guerra, formado por un coronel y cuatro oficiales, examinó su caso y decidió que, ante la falta absoluta de pruebas o elementos de juicio, sólo podía acordar el sobreseimiento “provisional”, ya que “los pequeños objetos” encontrados procedentes de saqueos y con los que jugaban unos niños de corta edad no podían constituir y no constituían indicios racionales de criminalidad en contra del inquilino de la casa en que se encontraron dichos objetos.

José Astacio Zarza salió en libertad de la cárcel de Sevilla el 27 de septiembre de 1938. Cien días lo tuvieron preso.

Fuentes:

Archivo del Tribunal Militar Territorial Segundo, Causa nº 2827/38: Legajo 36-961.
Archivo Municipal de Alcalá de Guadaíra: Libros 257 y 258.

Todos (...) los Nombres_