El Alto Tribunal cumple con la Ley de Memoria Democrática y sentencia que otorgar una mención al General Asensio Cabanillas es un “acto de exaltación contrario al artículo 15.1” de la norma.
Público / Madrid / 20.12.2022
El Tribunal Supremo ha dado luz verde para retirar la calle madrileña del General Asensio Cabanillas, ministro del Ejército en 1942 y exjefe de la Casa Militar de Francisco Franco. La decisión avala, de esta forma, el acuerdo de la Junta de Gobierno de la ciudad adoptado en mayo de 2017 y lo ha hecho en aplicación de la Ley de Memoria Democrática.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha fallado que otorgar el nombre del General Asensio Cabanillas a una calle se “reconoce, distingue, realza y recuerda la contribución destacada” de dicho General a “la sublevación militar de 1936, a la Guerra Civil en la que desembocó y al orden político impuesto tras ella”.
Incumplimiento del artículo 15
El tribunal ha concretado que “dar a una calle el nombre de una persona que participó activamente y de manera relevante en la sublevación militar de 1936 y en la Guerra Civil y ocupó cargos de máxima importancia en el régimen político surgido de ella es un acto de exaltación contrario al artículo 15.1 de la Ley 52/2007″.
En 17 folios de sentencia, los magistrados han explicado que “la exaltación proscrita por el artículo 15.1 de la Ley 52/2007” responde a los “actos de las administraciones públicas que objetivamente realzan, ensalzan, dignifican o suponen un reconocimiento elogioso de cualquiera de los hechos que identifica su inciso final o todos ellos: la sublevación militar de 1936, la Guerra Civil o la represión de la Dictadura”.