La Justicia envía al banquillo al president del Parlament balear, de Vox, por romper la foto de varias víctimas del franquismo
La Audiencia Provincial de Balears tumba el recurso que Gabriel Le Senne interpuso en enero para reclamar su exoneración, petición que apoyó la Fiscalía. Los afectados y las acusaciones populares reclaman para él hasta cuatro años de cárcel y hasta 11 años de inhabilitación
Las acusaciones piden hasta cuatro años de cárcel para el ultra Le Senne por romper la foto de una víctima de Franco
Ya es definitivo. El presidente del Parlament balear, Gabriel Le Senne (Vox), se sentará en el banquillo de los acusados después de que la Audiencia Provincial de Balears haya rechazado, mediante un auto al que ha tenido acceso elDiario.es, el recurso que interpuso en enero para solicitar su exoneración. El dirigente ultra será juzgado por un delito de odio por romper, el 18 de junio del año pasado, una fotografía de tres víctimas del franquismo mientras se debatía la derogación de la Ley balear de memoria democrática. Los hechos provocaron una oleada de indignación dentro y fuera del archipiélago, con peticiones de dimisión que Le Senne nunca ha atendido. El Govern de Marga Prohens (PP) tampoco le ha forzado a abandonar el cargo.
Pese a que el juez que instruyó el caso dictó en febrero el auto de apertura de juicio oral y de que éste era firme, la Audiencia Provincial debía pronunciarse aún sobre el recurso que presentó Le Senne para impugnar una resolución previa, la que el instructor dictó el 27 de enero para que el procedimiento continuase adelante. En esa providencia, el juez consideraba que su gesto lesionó “la dignidad de esas personas y sus familiares y de los partidos políticos de que eran militantes, y acredita la clara intención de humillarlos”. La sola admisión de ese recurso habría impedido que el presidente del Parlament fuese finalmente juzgado.
Dado que en Balears ya no se aplica la figura del aforamiento a diputados, Le Senne no será enjuiciado por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJIB), sino por un Juzgado de lo Penal de Palma.
Se trata del segundo presidente de la Cámara balear que se sentará en el banquillo después de que Maria Antònia Munar, histórica dirigente de la extinta y ahora resucitada Unió Mallorquina (UM), fuese juzgada hasta en seis ocasiones por varios de los casos de corrupción más sonoros de la historia de Balears y acabara acumulando -y cumpliendo- condenas que sumaban 14 años y medio de cárcel. Sin embargo, a diferencia de Le Senne, Munar anunció su dimisión como segunda autoridad de las islas y el abandono de la vida política antes de llegar a juicio, al igual que Pere Rotger (PP), quien dejó su cargo tras ser imputado en la ramificación balear del caso Gürtel, más conocida como caso Over Marketing. Rotger no llegó a sentarse en el banquillo dado que el juez archivó finalmente su encausamiento.
“Arrebató” y “estropeó” la fotografía
En su auto, la Audiencia asevera que las consideraciones que el instructor vertió en la resolución impugnada por Le Senne se fundamentan a quo “en indicios que se apoyan en las diligencias practicadas”: señala, en este sentido, que de las imágenes aportadas del momento en que se produjeron los hechos “se puede apreciar cómo el señor Le Senne, después de arrebatar la fotografía, no la tira inmediatamente al suelo sino que la mantiene en la mano izquierda, la deja un momento en la zona situada sobre de sus piernas, donde podría parecer que la esté manipulando de alguna manera, y después la tira con la mano derecha”.
Asimismo, las magistradas de la Sección Segunda recuerdan cómo en la declaración que Le Senne prestó el pasado 27 de septiembre en calidad de investigado “respondió afirmativamente” después de que el juez le preguntase “si había cogido la fotografía, la había arrancado y había estropeado el trozo que le había quedado en la mano en pedazos más pequeños para después tirarlos”. Por ello, concluyen que las valoraciones del instructor “no resultan irracionales, sorprendentes o expresamente incongruentes con las diligencias practicadas”.
“Cuestión distinta es si se puede tener por acreditado o no el acto de hacer pedazos y la relevancia de dicho acto dentro de los hechos que se están investigando. Ahora bien, no corresponde a este Tribunal en esta fase procesal realizar valoraciones de pruebas o juicios de tipificación penal de este cariz, sino solo analizar la suficiencia de los indicios recogidos. Dentro de este contexto, las valoraciones del juez a quo nos resultan indiciariamente justificadas por la descripción de imágenes que hemos realizado y por la declaración de los testigos que depusieron a la causa y el propio investigado”, añaden las magistradas, que insisten en que las consideraciones del juez instructor “se fundamentan en diligencias de instrucción válidamente incorporadas a la causa y en indicios racionales que precisan de una valoración probatoria a una eventual fase de juicio oral para ser esclarecidos”.
La inviolabilidad parlamentaria “no lo ampara para extralimitarse”
Las magistradas coinciden de nuevo con el juez instructor en que, a la hora de valorar las imágenes, éstas aportan un contexto indiciario “compatible con la posible concurrencia de dolo”, un extremo que tanto el propio acusado y la Fiscalía rechazan. “En este sentido, la forma aparentemente contundente y enfadada con la que el señor Le Senne arrancó la fotografía de las ‘Rojas del Molinar‘ [como se conoce popularmente a las tres mujeres asesinadas] del ordenador de la señora Garrido, podría resultar objetivamente compatible con una conducta intencionada de roturar la foto”. No obstante, señalan que debe ser durante el juicio cuando se practique la prueba pertinente que permita esclarecer si la ruptura fue accidental o intencionada.
Por otro lado, argumentan que “la inviolabilidad parlamentaria” que ostenta Le Senne “no lo protege de cualquier acto que el investigado realice dentro del ámbito parlamentario”, sino de los que sean “un reflejo o una consecuencia del ejercicio de sus funciones y de la expresión libre de ideas y pensamiento o el ejercicio de su derecho a voto dentro de este ámbito”. De acuerdo con la resolución, la inviolabilidad de la que disfruta el investigado “no le ampara para cometer actos que supongan una extralimitación de sus funciones y prerrogativas públicas ni que resulten subsumibles en algún tipo penal”.
Le Senne defiende que no cometió delito
Hasta el momento, el dirigente de Vox ha defendido su inocencia y ha manifestado su “voluntad de colaborar con la Justicia en el acto del juicio para despejar toda duda” de que “no cometió ningún delito”. “Aquel 18 de junio actuó únicamente en aplicación del reglamento y sin ninguna intención de humillar a nadie”, aseveraba en febrero en un comunicado oficial remitido vía Presidencia, a pesar de que los propios letrados de la Cámara censuraron su comportamiento.
Durante la declaración que prestó como investigado durante la instrucción del caso, Le Senne se aferró a los mismos alegatos que hasta ese momento había esgrimido públicamente: que el episodio fue “accidental” y que éste tuvo lugar después de que Garrido se negara a retirar el retrato, lo que, en opinión del presidente, contradice la neutralidad requerida en la Mesa del Parlament. Al ser preguntado por la Fiscalía sobre si con una fotografía de Franco habría hecho lo mismo, el máximo representante de la Cámara autonómica respondió que sí. El parlamentario se negó a responder a las acusaciones particulares, pero sí lo hizo a preguntas del Ministerio Público, de su abogado y del juez.
Por su parte, la Fiscalía, que se ha pronunciado en varias ocasiones para apoyar el archivo de la causa, sostiene que, teniendo en cuenta el contexto, las imágenes del pleno y las declaraciones de los testigos, no queda acreditado, con las exigencias propias del derecho penal, el dolo que llevaría a hablar de un delito de odio, concretado, en este caso, en la voluntad de lesionar la dignidad y la memoria de las mujeres víctimas de la represión franquista. Tampoco aprecia en los hechos motivación discriminatoria.
El fiscal sí apunta a la existencia de un “acto colérico” de mala praxis y “formas sin duda incorrectas” por parte del investigado, que tendrían más que ver con una reacción fuera de lugar que expresaba “su fuerte enojo” ante la negativa, por parte de las diputadas socialistas Mercedes Garrido [en la tapa de cuyo ordenador figuraba la fotografía] y Pilar Costa de retirar la imagen.
Las peticiones de las acusaciones
En concreto, la entidad Memòria de Mallorca -en unión con los descendientes de la republicana Aurora Picornell y de las activistas Maria y Antònia Pascual, quienes figuraban en la fotografía- solicita para Le Senne 20 meses de prisión; Colectivo Aurora reclama un año y cuatro meses de cárcel, 11 años de inhabilitación para cargo público y 30.000 euros de multa, mientras que el Partido Comunista de los Pueblos de España (PCPE) pide hasta cuatro años de cárcel, otros cuatro de inhabilitación y 13.000 euros de multa. Éste último también pedía que Vox fuese llamado a juicio como responsable civil subsidiario, un extremo que, sin embargo, el juez instructor rechazó.