La cruz de los caídos de Dueñas y la Ley de Memoria Democrática
Sociólogo, víctima del fascismo y presidente de la CRMH de A Coruña (2007-2011). Autor del libro Os restos do franquismo en Galiza.
Recuperemos la historia de Dueñas (Palencia). Tenía en 1936 una población aproximada de 3.000 personas y un gobierno municipal presidido por un alcalde socialista. La gestora municipal, constituida después del triunfo del Frente Popular en las elecciones generales de febrero de 1936, estaba formada por 10 personas, presidida por Heliodoro Herrá Pozanco (PSOE) y como tenientes de alcalde Eusebio Caballero Bravo y Pedro González Gazopo, los dos de Unión Republicana.
Cuando entran los fascistas en Dueñas, después del golpe militar del 18 de julio de ese año, asesinan a 125 personas aproximadamente, 25 de ellas mujeres y cinco concejales. Mi familia sufrió, como otras muchas, una criminal represión por parte del fascismo, siendo asesinadas cuatro personas, por lo menos: mis tíos Pedro y David González Gazopo; Alfonsa González Barajas, hermana de mi abuelo, y Teófila Caballero Gonzaléz, hija de Alfonsa.
El ayuntamiento de Dueñas acordaba el 25 de noviembre de 1942, según el citado libro de García Colmenares: “El Excmo. Ayuntamiento de esta Ciudad, deseando perpetuar la memoria de los Caídos en nuestra Cruzada de Liberación, acordó erigir un Monumento a los mismos. El precio del Monumento es el de DOCE MIL QUINIENTAS pesetas”. Este monumento a los caídos fue inaugurado en otoño de 1943.
El gobierno municipal de Dueñas lo único que hizo en 1942 es seguir las instrucciones del Decreto de 1 de abril de 1940, un año después de la victoria fascista, para la construcción de la Basílica y la Cruz de los Caídos en Cuelgamuros (El Escorial). Ese decreto dejaba muy claro que el objetivo era “perpetuar la memoria de los caídos en nuestra gloriosa Cruzada”. Esta información sobre para qué fue levantado el monumento de Dueñas es conocida por el alcalde Miguel Ángel Blanco Pastor (es también portavoz del PSOE en la diputación de Palencia, con presidencia del PP), ya que estaba recogida en el escrito que le envié el 27 de febrero de 2023, pero fue ocultada por el alcalde.
El grupo municipal de Izquierda Unida/Podemos presentaba una moción en el Pleno del Ayuntamiento de Dueñas de 28 de noviembre de 2024 y tomaba este acuerdo (abstención de PSOE y PP): “De conformidad con lo establecido en la Ley de Memoria Democrática, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, así como por la postura manifestada por el propio Defensora del Pueblo, sea retirado en su integridad el monumento a los caídos sito en la plaza de la Paz de Dueñas”.
Así justificada el alcalde la permanencia de los nombres en ese monumento: “No sabemos quiénes son cada uno de los mencionados en el monumento y quienes son susceptibles de ser retirados, o si hay algún otro elemento que deba ser retirado”. (El Español, 25-3-2023).
El PSOE de Dueñas no estaba dispuesto a ejecutar el acuerdo plenario, es decir, la retirada del monumento franquista “en su integridad” y por eso al día siguiente del Pleno, El Norte de Castilla publicaba estas declaraciones del alcalde: “Tendremos que barajar opciones y pensar entre todos qué solución se da a todas esas personas. Ahora entramos en otra fase, vamos a ver porque no es fácil la retirada de ese monumento por su complejidad técnica y logística. El método a seguir todavía sigue en estudio”. Debería pedir asesoramiento al alcalde socialista de Neda (A Coruña) donde retiraron un monumento franquista semejante al de Dueñas, en media hora. Si el Pleno de Dueñas ya retiró en 2018 la calle “Los Caídos”, hoy “Zagales”, ¿cómo se puede justificar la permanencia de la cruz de los caídos que es un monumento de exaltación del franquismo y, además, es ilegal?
El alcalde no utilizó en ese Pleno la terminología recogida en la propia Ley de Memoria Democrática (LMD) sobre la sublevación militar del 18 de julio de 1936 (“Golpe de Estado de 1936”) y hablaba de la “contienda española que empezó en 1936”, “confrontación bélica que dividió a los españoles”, “valorando que en el entorno de la Plaza de la Paz de la localidad se encuentran instalados listados de personas de ambos bandos de la contienda civil española”. El PSOE de Dueñas no podía hacer una mejor definición de la llamada política de “concordia” que pregonan PP y Vox, equiparando las víctimas que lucharon defendiendo la democracia y la legalidad republicana constitucional con los fallecidos en el ejército sublevado, que es la base para llevar adelante la eliminación de la Ley de Memoria Democrática y su substitución en las comunidades autónomas donde gobiernan por “leyes de la concordia”. La portavoz del grupo municipal de IU/Podemos dejaba claro que “lo que pretenden con esta moción es que sea retirado el monumento en cuestión, sin que implique falta de respeto a las familias de las personas cuyos nombres figuran en el mismo”.
El PP de Dueñas explicaba su abstención en ese Pleno en una nota de prensa y recordaba la obligación de cumplir la ley, el mismo argumento utilizado por el PP en Neda y otros ayuntamientos para aprobar la retirada del monumento franquista: “Nuestro voto fue de abstención, porque veíamos absurdo en un pleno de un Municipio votar en contra o a favor de una ley, porque la ley se vota en el Congreso y en el Senado cuando se está elaborando, una vez aprobada ya obliga a su cumplimiento”.
Aprobada la moción “Vox denuncia la alineación del PP con el PSOE y su falta de oposición en cuestiones de memoria histórica” (Palencia en la Red, 29-11-2024): “Las leyes de ´memoria democrática´ son un ´intento totalitario´ de reescribir el pasado la Historia al dictado de una posición partidista concreta basada en rencor, odio y revanchismo, que sólo contribuye a reabrir heridas y enfrentamientos entre españoles”.
No retirando el monumento franquista en dos meses, el gobierno municipal del PSOE facilitaba que Abogados Cristianos solicitase medidas cautelares el 20 de enero de 2025, es decir, la paralización de la ejecución del acuerdo plenario. Sorprendentemente, el PSOE, a través de un letrado de la Diputación de Palencia, manifestaba el 11-2-2025 su “no oposición a la medida cautelar de suspensión solicitada”. Si notificaba su oposición IU/Podemos, mi sobrino Julios César Monge Diosdado y yo.
Esta medida cautelar fue admitida por el juez Victoriano Lucio Revilla en un sorprendente auto de 11-3-2025, que concluía así: “Pudiendo eliminarse el listado de ´los caídos´ pues la propia asociación de Abogados Cristianos asume la sustitución del lema ´José Antonio Primo de Rivera, ¡Presente!´ y el listado de fallecidos, ninguna objeción, desde la perspectiva del artículo 16.3 de la Constitución Española, puede haber para que un conjunto escultórico constituido por La Cruz y el Sagrado Corazón se mantenga en la Plaza de la Paz”. Abogados Cristianos presentaba inmediatamente el 13-3-2025 demanda para que se declare nula y subsidiariamente anulable la moción aprobada: “que sea retirada en su integridad el monumento a los caídos”.
García Colmenares presentaba un documentado informe pericial, a petición de Izquierda Unida, sobre esa posible resignificación: “Se levantan los Monumentos a los Caídos (MC) en homenaje a las víctimas caídas o muertas por Dios y por la Patria, y lo son como mártires de una Cruzada de Liberación Nacional, de la Victoria contra la Anti-España. De ahí que los MC sean Lugares de Memoria para la España victoriosa y por tanto excluyentes con los vencidos. Son Lugares de Memoria políticos y religiosos ya que son lugares de culto a los muertos, a las víctimas, a los mártires de la Nueva España. No son monumentos que puedan ser resignificados en una democracia porque lo que conmemoran es el triunfo de un golpe de estado contra un gobierno democrático y constitucional de todos los españoles. No se puede entender que se trate de quitar algunos elementos más políticos como los emblemas del fascismo o la dictadura franquista, y los nombres de los muertos del bando sublevado, en julio de 1936, en los frentes de batalla, y dejar o mantener en el mismo monumento los símbolos religiosos, ya que el monumento forma una unidad en sí mismo con todos esos elementos”. Este informe puede ser también muy válido para desmontar la argumentación de otros gobiernos municipales, como los de Vigo y Pontevedra, que mantienen estos monumentos franquistas porque la cruz de los caídos está “resignificada”.
Las cruces de los caídos y la Ley de Memoria Democrática
Las cruces de los caídos como la de Dueñas –“situadas en la vía pública en las que se realicen menciones conmemorativas y exaltación, personal o colectiva de la sublevación militar y de la Dictadura”– son monumentos franquistas, “elementos contrarios a la memoria democrática”, como señala el artículo 35.1. de la Ley 20/2022 de 19 de octubre de Memoria Democrática, y deben retirarse. Corresponde a las administraciones públicas adoptar las medidas oportunas “para retirar reconocimientos, honores y distinciones anteriores a la entrada en vigor de esta ley que comporten exaltación o enaltecimiento de la sublevación militar, la Guerra o la Dictadura” (artículo 40 de la LMD).
Pedro Sánchez respondía así, desde la Presidencia del Gobierno, a un escrito de mi sobrino Julio César Monge Diosdado: “La nueva Ley de Memoria Democrática ilegaliza todas las manifestaciones públicas de exaltación al franquismo, desde monumentos y placas hasta topónimos y nombres de vías públicas. Tanto administraciones como particulares serán objeto de sanción de no cumplir con esta normativa”.
La cruz de los caídos es un monumento político y su retirada no afecta ni a la libertad religiosa, ni al patrimonio histórico
En Callosa de Segura (Alicante) se levantó una cruz en la década de 1940 en memoria de unos vecinos pertenecientes al bando franquistas y se halla en una plaza de uso público. La sentencia del Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 1 de Elche de 15 de noviembre de 2018 desestima el recurso de la Plataforma Ciudadana en Defensa de la Cruz que alegaba que se vulneraba el derecho a la libertad religiosa. (El Mundo (26-11-2018)
Señalaba la jueza: “La cruz fue erigida en honor y memoria de los vecinos de Callosa pertenecientes a la facción que resultó vencedora en la guerra y, por ello, se le debe atribuir una significación marcadamente política, con una finalidad distinta de la estricta manifestación de la fe católica”, “carente de la virtualidad de representar a todos los que profesan esa fe”. Por todo ello, considera que no se vulnera el derecho a la libertad religiosa.
El alcalde de Dueñas se dirigía a la Comisión Territorial de Patrimonio de la Junta de Castilla y León, solicitando “que se informe si la cruz de dicho monumento puede ser retirada”. La respuesta (10-4-2024) de Enrique Rebollar, secretario de la Comisión Territorial, no ponía obstáculos a la retirada del monumento: “la actuación planteada no implica ninguna afección sobre un Bien de Interés Cultural o su entorno declarado y tampoco afección sobre bienes integrantes del Patrimonio Arqueológico”.
Sentencia del Tribunal Supremo e intervención del Defensor del Pueblo
El Pleno de Callosa de Segura (Alicante), alcaldía del PSOE, acordaba el 26 de enero de 2017 la retirada de la cruz de los caídos ubicada en un espacio público frente a las puertas de la iglesia Arciprestal de San Martín, en aplicación de la Ley de Memoria Histórica. En la cruz, colocada en 1942, figuraban los nombres de 81 personas “Caídos por España”, y fue retirada en enero de 2018. “Abogados Cristianos” presentaba un recurso que fue desestimado por los juzgados de Elche y por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en febrero de 2018. Finalmente, una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, conocida en diciembre de 2023, desestimaba el recurso de la “Plataforma Ciudadana en Defensa de la Cruz” y avalaba el acuerdo municipal. Señala la Sentencia 1697/2023 del TS que “Una cruz, con un listado de personas fallecidas de un solo de los bandos contendientes en la Guerra Civil supone exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión franquista”. “Estamos ante un símbolo religioso –cruz– que contiene elementos que impiden reconocerle un valor neutral como mero símbolo artístico o artístico-religioso. Por el contrario, su presencia en un espacio público permite apreciar un acto de exaltación en cuanto contribuye a realzar el mérito de aquella contienda civil con la inclusión del listado de fallecidos de un solo bando que, implícitamente, también conlleva la reprobación del bando contrario en la percepción social”.
Ángel Gabilondo, Defensor del Pueblo, respondía en un escrito a Julio César Monge, atendiendo las quejas de los familiares de represaliados de la dictadura franquista, y trasladaba al Ayuntamiento de Dueñas: “En la valoración de cuáles son los elementos que ha de retirar, ha de tener en cuenta la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 14 de diciembre de 2023”. Y acababa así: “Esta institución confía en que ese ayuntamiento actúe sin demora para dar cumplimiento a la normativa de memoria democrática en su municipio”. El gobierno municipal del PSOE, con alcaldía y mayoría absoluta, no atendió los escritos de la Presidencia del Gobierno y del Defensor del Pueblo, ni las sentencias del TS.
Acuerdos municipales para la retirada de cruces de los caídos
“El ayuntamiento de Neda (A Coruña) derriba una cuz con el apoyo del PP”, titulaba Infovaticana (17-10-2024). Informaba así del proceso: “El Ayuntamiento de Neda ha ejecutado la retirada de la cruz de los caídos, monumento erigido en 1939 que durante 85 años presidió los jardines de O Couto. El traslado de la cruz y la lápida al depósito municipal se completó en apenas media hora. El BNG presentó una moción en el pleno municipal solicitando su eliminación definitiva y contó con el apoyo del PP local. Una reunión en septiembre de 2024 entre el Ayuntamiento y los representantes de los distintos grupos políticos acordó proceder a su retirada” por unanimidad, también con el voto a favor del PP
Después de que Abogados Cristianos presentase demanda para la anulación del acuerdo plenario de Dueñas, un letrado de la Diputación de Palencia, en representación del Ayuntamiento de Dueñas, dirigía un escrito al Juzgado de los Contencioso-Administrativo único de Palencia recordando el artículo 47.1 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local: “Los acuerdos de las corporaciones locales se adoptan, como regla general, por mayoría simple de los miembros presentes. Existe mayoría simple cuando los votos afirmativos son más que los negativos. Entendemos que la resolución municipal de aprobación de la moción es ajustada al Ordenamiento Jurídico, lo que motiva nuestra petición de desestimación de la Demanda interpuesta en su totalidad”.
El alcalde de Dueñas y el grupo municipal del PSOE nunca manifestaron una clara voluntad política para cumplir la Ley de Memoria Histórica de 2007 y retirar el monumento franquista a pesar de tener la alcaldía desde esa fecha. Utilizaron diferentes argumentaciones que, finalmente, han sido utilizadas por Vox, a través de Abogados Cristianos, para impedir su retirada. Así, el acta del pleno que aprueba la retirada del monumento en su integridad, recoge unos argumentos del PSOE que nunca se ha atrevido a plantear en ningún ayuntamiento porque son auténticos despropósitos, contrarios a la ley. Uno de ellos es dividir el monumento en tres partes, como recoge la citada acta: “Con fecha 21 de marzo de 2024, en la sesión de la Comisión Informativa de Urbanismo de este Ayuntamiento se trató este asunto y teniendo en cuenta que ese monumento consta de tres partes: una cruz, una estatua del Corazón de Jesús y un muro con el nombre de personas y fechas de fallecimientos, sin connotación política, aunque con mención a los años de duración de la guerra civil y el nombre de José A. P. de Rivera, se dictaminó la eliminación del nombre de J.A. Primo de Rivera y la retirada de la cruz, para su reubicación, previa consulta a la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural de Palencia por su posible afección”. En definitiva, proponía mantener los nombres de los caídos del ejército sublevado.
Presentadas las conclusiones por las partes, estamos esperando la resolución judicial, pero vivimos una situación realmente singular y vergonzosa, que no se ha dado en ningún otro ayuntamiento. PSOE y Abogados Cristianos coinciden en que no hay que retirar este monumento franquista en su integridad, pero después no coinciden en sus propuestas de actuación. El PSOE quiere conservar los nombres que aparecen en el monumento, pero aceptaría la retirada de la cruz y Abogados Cristianos defiende la conservación de la cruz y del Sagrado Corazón y acepta que se retiren los nombres.
¿Qué credibilidad puede tener el PSOE si promueve una ley y sus propios cargos públicos no la cumplen? El alcalde de Dueñas manifestaba: “Si a mí me dicen mañana que estoy incumpliendo la Ley, el primero en cumplirla seré yo, pero me lo tiene que decir alguien” (El Español, 25-3-2023). ¿No habrá nadie en el PSOE que tenga autoridad para explicarle al alcalde lo que dice la Ley de Memoria Democrática, que tiene que cumplirla y retirar la cruz de los caídos, un monumento de exaltación del franquismo?
Independientemente de la resolución judicial –esperamos que considere legal el acuerdo del Pleno del ayuntamiento de Dueñas– las familias de las víctimas del franquismo no olvidamos, no callamos y seguiremos exigiendo verdad, justicia y reparación.
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