Denuncia de la Asociación Memoria Histórica y Justicia de Andalucía por desapariciones forzadas en la provincia de Sevilla ante el Juzgado Central de Instrucción nº 5 (18-7-2007)
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Base de datos de víctimas del franquismo en Andalucía, Extremadura y Norte de África.
En el ámbito jurídico, la desaparición forzada de personas (también, desaparición involuntaria de personas) es un tipo de delito complejo que supone la violación de derechos humanos y que, cometido en determinadas circunstancias, constituye también un crimen de lesa humanidad. Las víctimas comúnmente se conocen como personas desaparecidas o desaparecidos (incluso detenidos desaparecidos), sobre todo en América Latina.
El delito de desaparición forzada, tipificado en textos internacionales y en la legislación penal de varios países, se caracteriza por cualquier forma de privación de la libertad de una persona por parte de agentes del Estado o grupos o individuos que actúan con su apoyo, autorización o aquiescencia seguida de la negativa a reconocer dicha privación o su suerte, con el fin de sustraerla de la protección de la ley. El asesinato de la persona víctima de desaparición forzada, frecuentemente tras un cautiverio con torturas en un paradero oculto, pretende favorecer deliberadamente la impunidad de los responsables, que actúan con el fin de intimidar o aterrorizar a la comunidad o colectivo social al que pertenece la persona. Por tratarse de un delito permanente o continuo, el crimen continúa siendo cometido hasta que no se revela la suerte o paradero de las personas, prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados. Estos últimos, y especialmente, por su vulnerabilidad, los niños que puedan ser sustraídos de padres afectados, son considerados también víctimas de este crimen
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