El abogado de Martín Villa se empecina en negar crímenes contra la humanidad durante la transición

La vista de casación por el procesamiento del antiguo dirigente franquista en Argentina se salda, a falta de veredicto, con el discurso negacionista de su letrado, que afirma que entre 1975 y 1982 se produjeron hechos represivos aislados que no constituyen delitos de lesa humanidad.

Menos de una hora ha durado la vista de apelación en la Cámara de Casación Penal de la República Argentina, el máximo tribunal penal del país, por el recurso interpuesto contra la revocación del procesamiento de Rodolfo Martín Villa, dirigente franquista y ministro en los gobiernos de Adolfo Suárez y la UCD (1976-1982), por cuatro asesinatos entre 1976 y 1978. El expolítico la ha seguido por la aplicación ‘Zoom’ desde España.

Tras la vista, el tribunal tendrá que dirimir si acepta el recurso de interpuesto por el equipo jurídico de CEAQUA (Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina contra los Crímenes del Franquismo) con el objetivo de que Martín Villa sea finalmente procesado, tal y como inicialmente acordó, en octubre de 2021, el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 argentino, dirigido por la jueza María Servini, por cuatro homicidios durante la dictadura franquista: tres de las muertes de la ‘matanza del 3 de marzo’ en Vitoria, en 1976, y el asesinato de Germán Rodríguez, estudiante asesinado a tiros en los Sanfermines de 1978.

La orden de procesamiento de Servini por estos cuatro asesinatos fue revocada dos meses después por la Cámara de Apelaciones, en diciembre de 2021, alegando “falta de mérito” para poder calificar de crímenes de lesa humanidad aquellas muertes, es decir, le pedía a la jueza que profundizara más en los hechos objeto de investigación. Sin embargo, no se levantaron las imputaciones iniciales, de 2013, contra el dirigente franquista por doce homicidios en los años convulsos tras la muerte del dictador. La plataforma CEAQUA recurrió la revocación del procesamiento y la vista de este jueves ha versado sobre ese recurso.

En primer lugar han intervenido los letrados de CEAQUA, representando al colectivo 3 de Marzo y al hermano de Germán Rodríguez. Ambos han descrito el escenario político español tras la muerte de Franco como una situación de horror, con “un muerto cada tres días”, durante el periodo de la transición (1975-1982). Los investigadores cifran en más de 600 los muertos por el aparato del Estado y grupos paramilitares en esos años.

“No se discute que aquellos crímenes sean de lesa humanidad, eso ya está probado, sino el grado de responsabilidad en los mismos de Martín Villa”, han defendido para oponerse al argumento de la Cámara de Apelaciones que tumbó el procesamiento del dirigente franquista por considerar que no se le puede juzgar por crímenes de lesa humanidad.

La existencia de un plan sistemático por parte de los aparatos político y policial en los que tuvo responsabilidad Martín Villa ha sido el argumento central del alegato de los abogados de las víctimas.

Los letrados han incidido en que “sólo a través de un plan de esa índole para neutralizar a la oposición al régimen puede explicarse las muertes de Pedro María Martínez Ocio, Romualdo Barroso Chaparro, Francisco Aznar Clemente (asesinados por las fuerzas del orden público durante la masacre del 3 de marzo) y Germán Rodríguez Saiz (asesinado por las fuerzas policiales durante las fiestas de San Fermín de 1978)”.

El argumento de Martín Villa

El abogado de Rodolfo Martín Villa, Fernando Goldaracena, del renombrado bufute Baker McKenzie, ha mostrado un tono bronco cuando ha aludido a una especie de conspiración entre los demandantes y la jueza Servini, que “ni siquiera tuvo en cuenta el escrito que presentamos con indicios de más de mil folios”.

No existieron crímenes contra la humanidad en el periodo de la transición, en palabras del letrado de Martín Villa, que ha negado que los “hechos aislados”, como los del 3 de marzo o los Sanfermines del 78, puedan constituir delitos de lesa humanidad. No fue un ataque generalizado contra la población disidente, ha venido a decir en su alegato para tumbar la jurisdicción universal que sustenta la investigación en Argentina de los crímenes del franquismo.

Goldaracena ha negado que su cliente tuviera responsabilidad en la masacre del 3 de marzo porque entonces era ministro de Relaciones Sindicales y no de Interior, cargo que ostentaba Manuel Fraga. La cartera de Relaciones Sindicales mantenía importantes competencias en colaboración con el Ministerio de la Gobernación (de Interior) precisamente para reprimir los movimientos antifranquistas.

Una comisión del Parlamento Vasco en 2008 consideró a Martín Villa como uno de los responsables políticos de la decisión de intervención policial en la iglesia de San Francisco de Asís, de Vitoria, donde 4.000 trabajadores en huelga se habían concentrado en asamblea. La policía entró con gases lacrimógenos y disparando, lo que provocó la muerte de cinco personas y heridas en otras 150.

La impresión del equipo jurídico de CEAQUA sobre la vista celebrada este jueves es que “los argumentos basados en análisis historicistas como los empleados por parte del letrado de Martín Villa, desde una perspectiva jurídica, son erróneos, quieren confundir a la Sala. Aquí estamos ventilando responsabilidades penales, que además son crímenes contra la humanidad, y existen pruebas, hechos que los corroboran”, indica a este medio Jacinto Lara, uno de los letrados de la plataforma.

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